Otras solicitudes, escritos o comunicaciones
¿Qué son otras solicitudes, escritos o comunicaciones?
El artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública garantiza el derecho de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas a comunicarse con las éstas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración en relación con cualquier solicitud, escrito o comunicación distinta de las ya definidas en la norma de creación del registro.
Además podrán ser dirigidas a cualquier órgano o entidad del ámbito de la administración titular del registro.
¿Cómo realizar otras solicitudes, escritos o comunicaciones a través del registro?
Se debe rellenar el formulario de solicitud y después firmarlo electrónicamente.
Para poder llevar a cabo la firma electrónica se debe de tener un certificado electrónico y cumplir una serie de requisitos técnicos.