Otras solicitudes, escritos o comunicaciones

¿Qué son otras solicitudes, escritos o comunicaciones?

El artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública garantiza el derecho de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas a comunicarse con las éstas a través de un Punto de Acceso  General electrónico de la Administración en relación con cualquier solicitud, escrito o comunicación distinta de las ya definidas en la norma de creación del registro.

Además podrán ser dirigidas a cualquier órgano o entidad del ámbito de la administración titular del registro.

¿Cómo realizar otras solicitudes, escritos o comunicaciones a través del registro?

Se debe rellenar el formulario de solicitud y después firmarlo electrónicamente.

Para poder llevar a cabo la firma electrónica  se debe de tener un certificado electrónico  y cumplir una serie de requisitos técnicos.